Apéndice 8. Cédula Confiando a Bartolomé de las Casas los Asuntos Referentes a los Indios
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Introducción
LA Reina y el Rey. —Bartolomé de las Casas, clérigo natural de la ciudad de Sevilla, vecino de la isla de Cuba, que es en las Indias: Por cuanto somos informados que ha mucho tiempo que estáis en aquellas partes e residís en ellas, de donde sabéis y tenéis experiencia en las cosas dellas, especial en lo que toca al bien y utilidad de los indios, y sabéis y tenéis noticia de la vida y conversación dellos por haberlos tratado, y porque conocemos que tenéis buen celo al servicio de Nuestro Señor y nuestro, de donde esperamos que lo que vos encargáremos y mandáremos haréis con toda diligencia y cuidado, y miraréis lo que cumple a la salud de las ánimas y cuerpos de los españoles e indios que allá residen, por ende, por la presente vos mandamos que paséis a aquellas partes de las dichas Indias, así de las islas Española, Cuba, San Juan y Jamaica, como Tierra Firme, y aviséis e informéis y déis parecer a los devotos padres jerónimos, que nos enviamos a entender en la reformación de las Indias, y otras personas que con ellos entendieron en ello, de todas las cosas que tocaren a la libertad e buen tratamiento e salud de las ánimas y cuerpos de los dichos indios de las dichas islas y tierra firme y para que nos escribáis e informéis y vengáis a informar de todas las cosas que se hicieren y convinieren hacerse en las dichas islas, y para que en todo hagáis lo que conviniere al servicio de Nuestro Señor e nuestro, que para todo ello vos damos poder cumplido, con todas sus incidencias y dependencias, emergencias, anexidades e conexidades; y mandamos al nuestro Almirante e jueces de apelación e otras cualesquiera justicias de las dichas islas y tierra firme, que vos guarden y fagan guardar este poder, e contra el tenor y forma dél vos no vayan, ni pasen, ni consientgan ir ni pasar en tiempo alguno ni por alguna manera, so pena de la nuestra merced e de diez mil maravedíes a cada uno que lo contrario hiciere. Fecha en Madrid, a diecisiete días de septiembre de mil quinientos dieciséis.— F. Cardinalis, Adrianus Ambasiator.—Por mandado de la Reina y del Rey, su hijo, nuestros señores los gobernadores, en su nombre, George de Barcaldo.
Bartolomé de las Casas. «Historia de las Indias». Libro tercero. Fragmento del capítulo xc. Biblioteca de Autores Españoles. Madrid, 1961.